¿Quieres mejorar la eficiencia energética de tu vivienda o edificio?

Certificado eficiencia energética, mdv construcción

La Agencia Andaluza de la Energía ha publicado la convocatoria para los años 2020 y 2021 del Programa de incentivos para actuaciones de rehabilitación energética en edificios existentes. Su finalidad no es otra, que contribuir a alcanzar los objetivos medioambientales y energéticos establecidos en la normativa europea, relativos a la reducción del consumo de energía final y del nivel de emisiones de CO2, mediante la promoción de la realización de actuaciones de rehabilitación de las edificaciones existentes, para mejorar su eficiencia energética, aprovechamiento de las energía renovables y reducir su consumo de energía.

Tipos de Actuaciones:

Se incluyen 3 tipos de actuaciones para aumentar la eficiencia energética del sector de la edificación andaluz, y así reducir el consumo de energía final y las emisiones de dióxido de carbono con respecto a su situación de partida.

  • Actuación 1: Mejora de la envolvente térmica para reducir la demanda energética en calefacción y climatización de los edificios existentes.

 

  • Actuación 2: Mejora de la eficiencia energética y de renovables en las instalaciones térmicas de calefacción, climatización, ventilación y agua caliente sanitaria;

  • Actuación 3: Mejora de las instalaciones de iluminación para hacerlas más eficientes.

 

Estas actuaciones subvencionables se pueden llevar a cabo en edificios para uno o varios de los siguientes usos:

  • Edificios de vivienda unifamiliar.
  • Edificios de tipología residencial colectiva de vivienda.
  • Edificios de cualquier otro uso (administrativo, sanitario, docente, cultural, etc.).

Asimismo, se podrán encuadrar en una de las siguientes opciones:

  • Opción A: Incentivos destinados a intervenciones en edificios completos. Si distinguimos entre las actuaciones tendríamos:

 

Tipologías de actuación

(% s/coste elegible)

Ayuda Base Ayuda Adicional por criterio social eficiencia energética o actuación integrada
Tipo 1. Mejora de la eficiencia energética de la envolvente térmica. 35 % En función del uso del edificio y de acuerdo con lo establecido en anexo IV, para el tipo de actuación. Hasta los límites de la normativa de ayudas de Estado.
Tipo 2. Mejora de la eficiencia energética de las instalaciones térmicas. 35 %
Tipo 3. Mejora de la eficiencia energética de las instalaciones de iluminación. 15 %

 

 

  • Opción B: Incentivos destinados a intervenciones sobre una o varias viviendas o locales del mismo edificio, consideradas individualmente o como partes de un edificio. Si distinguimos entre las actuaciones tendríamos:

 

Tipologías de actuación

(% s/coste elegible)

Ayuda Base Ayuda Adicional por criterio social/, eficiencia energética o actuación integrada
Tipo 1. Mejora de la eficiencia energética de la envolvente térmica. 25 % En función del uso del edificio y de acuerdo con lo establecido en anexo IV, para el tipo de actuación. Hasta los límites de la normativa de ayudas de Estado.
Tipo 2. Mejora de la eficiencia energética de las instalaciones térmicas. 25 %
Tipo 3. Mejora de la eficiencia energética de las instalaciones de iluminación. 15 %

 

 

El programa cuenta con un presupuesto de 49,3 millones de euros, destinándose el 50% para la Opción A y otro 50% para la Opción B, y las actuaciones sobre edificios de uso residencial tendrán un límite máximo de 6.000 € por vivienda.

 

Estos porcentajes se podrán incrementar con un incentivo adicional, de hasta el 85%, graduado en función de 3 parámetros:

  • Criterios sociales (15% adicional), en el caso de actuaciones que se realicen en edificios de viviendas calificados bajo algún régimen de protección pública o situados en Áreas de Regeneración y Renovación Urbanas o Rurales, así como a los consumidores que tengan concedido el bono social
  • Eficiencia energética (del 5 % al 15 %), cuando el edificio consiga calificación final A o B, o incremente dos o más letras.
  • Si se realizan simultáneamente varios tipos de actuaciones (del 10 al 20 % adicional).

 

Descripción de los tipos de actuaciones subvencionables:

La actuación 1. Para la mejora de la eficiencia energética de la envolvente térmica, se incentivan las soluciones constructivas convencionales que afectan a fachadas, cubiertas, carpinterías exteriores, vidrios y protecciones solares. En el caso de soluciones constructivas de arquitectura bioclimática, se apoyan medidas como muros trombe, invernaderos adosados, sistemas de sombreamiento o ventilación natural.

La actuación 2. Mejora de la eficiencia energética y de energías renovables en las instalaciones térmicas, incluye incentivos para sustituir la energía convencional por energía solar térmica, geotermia o biomasa para producir agua caliente sanitaria, calefacción, refrigeración y/o climatización de piscinas en edificios existentes. También ofrece apoyo para soluciones de aerotermia o hidrotermia de alta eficiencia energética, para sistemas de regulación, control y emisión de las instalaciones térmicas; así como para sistemas de ventilación natural y forzada, de enfriamiento gratuito por aire exterior o de recuperación de calor y del aire de extracción y aprovechamiento de energías residuales, entre otras.

La actuación 3. Se dirige a mejorar la eficiencia energética de las instalaciones de iluminación, ya sea mediante la sustitución de luminarias, lámparas y equipos por otras de mayor eficiencia; instalando sistemas de encendido y regulación del nivel de iluminación, como el control por presencia, o que permitan el aprovechamiento óptimo de la luz solar, como el control automático de toldos, persianas o cortinas del edificio; o reubicación de los puntos de luz para reducir el consumo eléctrico anual.

Las siguientes actuaciones se contemplan como NO subvencionables:

  1. a) Las realizadas en edificios de nueva construcción; o construidos posteriormente al 2.007.
  2. b) Intervenciones en edificios existentes que supongan una ampliación, en los que se incremente la superficie o volumen construido.
  3. c) Intervenciones en edificios existentes que conlleven un cambio de uso del edificio.

 

Plazo de Presentación:

El plazo para presentar las solicitudes comenzará el 17 de febrero de 2021 mediante un procedimiento 100% telemático, fecha fin a la conclusión del presupuesto de la Junta de Andalucía.

 

Dentro de los servicios que nuestra empresa ofrece, está la elaboración y preparación de toda la documentación necesaria para la solicitud de estas subvenciones, y si te interesa, podemos asesorarte, ya que contamos con técnicos especializados en eficiencia energética y también tenemos experiencia en proyectos de reformas en Granada y toda la zona de La Alpujarra. Contáctanos que estaremos encantados de ayudarte: https://mdvconstruccion.com/contacto/

 

Puedes ver la Resolución de 26 de octubre de 2020, de la Agencia Andaluza de la Energía en:

https://www.juntadeandalucia.es/boja/2020/210/1#:~:text=P%C3%BAblica%20e%20Interior-,Resoluci%C3%B3n%20de%2026%20de%20octubre%20de%202020%2C%20de%20la%20Agencia,2020%2C%20de%204%20de%20agosto.